Después de un año, desde Ereinn Consulting nos complace informar que volvemos a renovar el convenio de colaboración firmado el pasado 2021 con ASCOBI-BIEBA para promover los Planes de Igualdad. Se trata de la Asociación de Constructores y Promotores Inmobiliarios de Bizkaia. Una asociación empresarial independiente que agrupa a las principales empresas del sector de la construcción y la promoción inmobiliaria en nuestro Territorio Histórico de Bizkaia.

La colaboración tiene como objetivo impulsar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en las empresas. A través de la implantación de Planes de Igualdad entre las distintas organizaciones asociadas.

Es muy importante tener en cuenta el carácter dinámico de las normas vigentes; puesto que las relativas a los Planes en materia de igualdad no se quedan al margen. La elaboración de los Planes de Igualdad fue definida según la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; mientras que su obligatoriedad no fue definida hasta la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 6/2019.

A partir del 8 de marzo del presente 2022, la obligatoriedad de los mismos pasó a ser para todas aquellas empresas con 50 o más personas en plantilla. Endureciendo las medidas del anterior límite marcado en las 100 personas. Además, en cumplimiento al RD 902/2020, de 13 de octubre, todas aquellas empresas que dispongan de Plan de Igualdad, ya sea voluntario u obligatorio, deberán incorporar al mismo el informe de la Auditoría Salarial. A su vez, dentro de la auditoría se incorporarán la Valoración de Puestos de Trabajo y el Registro Retributivo.

El Registro, sin embargo, posee una condición más imperativa. Desde el 14 de abril de 2021 y según el RD 902/2020, de 13 de octubre, es obligatorio para todas las empresas. Para conocer más acerca de todos los conceptos aquí mencionados, puedes visitar “Obligatoriedad del Plan de Igualdad”.

Otro de los aspectos a tener en cuenta se trata de los procesos de contratación con la Administración Pública. Las exigencias respecto a las cláusulas sociales son cada vez más rigurosas. Es precisamente así como lo dictamina la LEY 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres. En la presente ley se indica que aquellas empresas que se adentren en un proceso de licitación, o bien requieran de subvenciones, deberán disponer de los siguientes documentos:

  • Plan de Igualdad.
  • Protocolo contra el acoso sexual y por razón de sexo en el trabajo.
  • Transparencia salarial.

Por todo ello, ponemos a disposición de ASCOBI-BIEBA nuestra experiencia en todas las materias mencionadas. Puesto que nuestro objetivo, no es más que el de seguir avanzando hacia una sociedad más justa. Apoyándonos en nuestra firme convicción por promover la igualdad.