En los últimos años se han elaborado múltiples leyes y normas jurídicas a escala internacional, europea, estatal y local, cuyo fin es el reconocimiento explícito del Derecho a la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Estas leyes y normas, además de abarcar el ámbito de las Administraciones Públicas, también inciden en las empresas y organizaciones privadas.
En la CAPV, tal y como indica la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, enfatiza el necesario cambio y adaptación de las Administraciones Públicas y del tejido empresarial y social, para lograr la igualdad de trato y de oportunidades en el conjunto de la sociedad del País Vasco. Y su segunda reforma, Ley 1/2022, de 3 de marzo, obligará a todas las Administraciones Públicas Vascas a incorporar cláusulas en materia de igualdad en las licitaciones y subvenciones.
Según el artículo 46 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres, un Plan de Igualdad es un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.
La aprobación del Real Decreto Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, contempla la adaptación de la Ley Orgánica 3/2007 para garantizar el cumplimiento de esta y mejorar medidas anteriormente no profundizadas. Así como, la obligatoriedad de disponer de Planes de Igualdad en aquellas empresas de más de 50 trabajadores y trabajadoras.
El Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, se aprueba a fin de garantizar la Igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, en él, se incorpora el Registro de los Planes de Igualdad, para legitimar la implantación de los mismos en las organizaciones y realizar un seguimiento por parte de las Administraciones Públicas.
De igual modo, el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, establece medidas específicas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva. Es por ello, que se obliga a todas las empresas a realizar un Registro Salarial, y Auditoría Salarial a aquellas empresas que tengan Plan de Igualdad.
Por todo esto, desde EREINN CONSULTORÍA Y FORMACIÓN, siendo una consultora homologada por Emakunde, os recordamos la subvención abierta para la realización de un diagnóstico y plan de igualdad, a fin de desarrollar políticas de igualdad en la empresa.