La respuesta es sí, aunque la obligación de elaborar un plan de igualdad para empresas con menos de 50 personas trabajadoras no es tan clara como en las empresas más grandes. El hecho es que se puede negociar y registrar un plan de igualdad para cualquier empresa, independientemente de su tamaño.

Aunque la normativa española sobre planes de igualdad establece que las empresas con 50 o más personas en plantilla deben elaborar y registrar un plan de igualdad, no significa que las empresas con menos trabajadores y trabajadoras no deban preocuparse por la igualdad de género. De hecho, cualquier empresa, al margen de sus dimensiones, puede y debe tomar medidas para promover dicha igualdad en el ámbito laboral.

En este sentido, las empresas más pequeñas también pueden negociar y registrar un plan de igualdad si lo consideran oportuno. Es importante destacar que, en este caso, no se trata de una obligación legal. Pero sí de una medida voluntaria que puede contribuir a mejorar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la empresa.

En dicho proceso, es necesario contar con la implicación y el compromiso de todas las personas trabajadoras de la empresa. Es fundamental que tanto la dirección como la plantilla, compartan la misma visión y objetivos para avanzar en la igualdad de género. Por lo que resulta de gran ayuda aunar dichos objetivos con una clara filosofía de empresa.

En resumen, aunque no haya una obligación legal de elaborar y registrar un plan de igualdad en empresas con menos de 50 personas trabajadoras, cualquier empresa cuenta con la posibilidad de adoptar medidas en pro de alcanzar una igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Para ello, tal y como hemos mencionado, siendo necesaria la implicación de todas las partes que conforman el ecosistema de la empresa.

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